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El Garante pone el foco en el reconocimiento facial de la Policía: dictamen favorable, pero con garantías mucho más estrictas

Olya31/7/2026⚙ AI-generated content

El 14 de julio de 2026 el Garante para la protección de los datos personales adoptó el dictamen n.º 531 (doc-web 10275606) sobre los Títulos I y III del borrador de decreto legislativo que adapta el ordenamiento italiano al Reglamento UE 2024/1689 (Reglamento de IA). El dictamen, hecho público en el boletín del 29 de julio de 2026, es en conjunto favorable, pero reclama garantías más sólidas en cuatro puntos clave: el papel de la supervisión humana, una definición más precisa de las responsabilidades en los proyectos de investigación y experimentación, la participación de la Autoridad en los espacios controlados de pruebas normativas que tratan datos personales y un refuerzo de las garantías sobre la calidad de las bases de datos biométricas de referencia.

Para el Garante, el tratamiento de datos biométricos por parte de las fuerzas policiales debe hacerse exclusivamente a posteriori, sobre rastros ya registrados y ante necesidades operativas concretas, mientras que un tratamiento automatizado y generalizado no encaja con el Reglamento de IA, que solo admite el reconocimiento facial a posteriori y para búsquedas selectivas. Según las reconstrucciones de ANSA, el borrador permitiría registrar rostros en lugares considerados sensibles —plazas, estadios, manifestaciones— conservando los datos durante siete días: si en ese plazo se comete un delito, las grabaciones se convierten en material de investigación; en caso contrario, se borran. El dictamen señala además que el artículo 10, apartado 3, del borrador permitiría un tratamiento automatizado de los datos biométricos de todas las personas que acceden a determinados lugares, algo que considera desproporcionado según los estándares europeos, y pide la prohibición expresa de bases de datos construidas mediante scraping no selectivo.

El 29 de julio de 2026 la Comisión de Políticas de la Unión Europea del Senado, por boca de su presidencia, emitió un dictamen favorable al borrador, mientras los senadores del Partido Democrático y del Movimiento 5 Estrellas abandonaban la sesión hablando de «golpe de mano» y pidiendo el aplazamiento de la votación. Al día siguiente, sin embargo, la Comisión de Políticas de la UE de la Cámara aplazó la votación tras las protestas de los diputados de la oposición. En el mismo contexto, un portavoz de la Comisión Europea declaró que «el reconocimiento facial en los espacios públicos accesibles está prohibido por el Reglamento de IA», precisando que aún no dispone de elementos suficientes para valorar el borrador italiano. El Gobierno reiteró que Italia seguirá respetando la normativa europea: Palazzo Chigi respondió que Italia «seguirá respetando la normativa europea, como ha hecho hasta ahora», y el viceprimer ministro Antonio Tajani añadió: «La UE ha marcado unas líneas y nosotros las seguiremos».

El texto definitivo del borrador de decreto todavía no ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y podría cambiar respecto a lo analizado por el Garante y a lo publicado por la prensa. Además, los detalles concretos de los artículos 8 y 10 (identificación biométrica en tiempo real y conservación de los datos durante siete días) se conocen principalmente a través del dictamen del Garante y de las reconstrucciones periodísticas, no de una versión publicada en el Boletín Oficial. Queda por ver, por tanto, cómo influirán las comisiones de Justicia y Asuntos Constitucionales en la norma final.

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Fonti / Sources

  1. Garante per la protezione dei dati personali — Parere sui Titoli I e III dello schema di decreto legislativo di adeguamento al regolamento (UE) 2024/1689, provv
  2. Garante privacy — Newsletter del 29 luglio 2026 (doc-web 10275843)
  3. ANSA — Richiamo dell'Ue sul riconoscimento facciale, sospeso il voto (30 luglio 2026)
  4. Sky TG24 — Riconoscimento facciale con AI, Ue: 'Vietato dall'AI Act'. La Camera rinvia il voto (30 luglio 2026)

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